Exploración urbana: ¿es legal entrar en sitios abandonados?

Es legal entrar a sitios abandonados

Si has llegado hasta aquí, es muy probable que seas aficionado a la exploración urbana, realices o no exploración activamente. Si hay una pregunta que, me atrevería decir, todos los aficionados nos hemos hecho alguna vez es: ¿es legal entrar en los sitios abandonados?

Estás en el lugar adecuado! Te explico todos los detalles que debes conocer.

La controversia de la exploración urbana

Estamos ante un tema cuanto menos, delicado, y no exento de polémica, ya que no solo las causas legales son un factor importante en las exploraciones urbanas, sino que hay una visión pública un tanto generaliza de que, los exploradores, son vándalos o ladrones.

No se puede generalizar, hay toda clase de personas, sin embargo, aquellas que destruyen, roban cualquier cosa de una propiedad, o incluso devastan todo lo que está a su paso, no son exploradores urbanos.

En este post, vamos a trata de aclarar los aspectos legales que envuelven al mundo del urbex y, el acceso a los mal llamados [legalmente hablando] sitios abandonados.

Casa abandonada intacta
Exploración urbana

Relación entre delincuencia y exploración urbana

Los exploradores urbanos “auténticos”, salvo excepción, tienen muy claro que hacen una actividad que requiere mucho respeto y no tiene nada que ver con la delincuencia.

No es nada nuevo que los sitios que se quedan vacíos, aunque sean por periodos cortos de tiempo, como unas vacaciones, son susceptibles de ser ocupados, robados, saqueados, etcétera.

Si además, el lugar ha dejado de prestar una actividad empresarial conocida y no está en manos de una entidad intermediaria o final que tome las riendas, o en una casa los propietarios han marchado a vivir a otro lugar, o peor, han fallecido, ese lugar se convierte en un blanco perfecto.

Robo de objetos, tuberías, electrodomésticos, sanitarios, cables eléctricos … todo! Pero atención, esto sí que son actos vandálicos punibles legalmente, así que bajo ningún concepto deberían realizarse.

Pensamos que es muy importante hacer una diferenciación clara entre actos delictivos y la exploración urbana, una muy nefasta asociación … una falsa asociación.

¿Existen los lugares abandonados?

En lenguaje popular del urbex se habla de casas abandonadas, fábricas abandonadas, etc. sin embargo, dentro del ámbito legal, este concepto no tiene un buen encaje, dado que en término general, los sitios tienen propietario.

Que el propietario resida en otra ciudad o país, o que el lugar sea una herencia en un lugar lejano y no haya interés en visitarlo y/o mantenerlo, etc. no quiere decir que esos inmuebles estén abandonados.

Incluso se da el caso que algún heredero decida no pagar los impuestos que requieren algunas ciudades y “cedan” la propiedad a una administración. En el caso de fábricas, etc. pasa algo similar, cuando la gestión deja de ser del empresario, pasa o bien al propietario original, o bien a una entidad administrativa.

Así pues, cuando se hace una exploración urbana, sea de la naturaleza que sea, hay que tener en cuenta que en termino generales, se está visitando una propiedad ajena, aunque hay algunos matices importantes que determinan la gravedad de la acción.

Imágen de una exploración urbana

¿Es ilegal la exploración urbana?

Ahora que ya sabemos que los actos vandálicos son delitos legales y no tienen nada que ver con la exploración urbana, y que legalmente hablando, el concepto de lugares abandonados no es adecuado. Profundicemos un poco más.

Si haces la declaración de la renta, seguramente conocerás qué son los bienes muebles e inmuebles. Los bienes muebles son aquellos que son “objetos” como una televisión, ordenadores, etc. siendo los bienes inmuebles las construcciones, solares, etc. Es el término donde encajaría lo conocido como un sitio aparentemente abandonado.

Cuando un explorador ve una construcción (casa, masía, etc.) en un estado que indica a pensar que está ”abandonada” (sucia, ventanas rotas, naturaleza creciendo alrededor, etc.) no quiere decir que no tenga propietario, ni que este quiera desentenderse del bien inmueble.

Y aquí es donde la cosa comienza a ponerse interesante.

Detalle de una exploración urbana

Exploración urbana y legalidad

Vamos a hablar de casas abandonadas, refiriéndonos a bienes inmueble tipo vivienda, que es uno de los lugares clásicos en la exploración urbana.

Primero de todo, hay que diferenciar si constituye una vivienda de uso habitual o puntual, aunque no sea residencia diaria.

Si los propietarios hacen uso de la vivienda periódico, por ejemplo en veranos, o incluso cada varios años por el motivo que sea, pero mantienen cierta periodicidad, por más que la vivienda aparente un abandono, entrar en ella podría constituir un delito de allanamiento de morada.

En el caso de ser una casa que aunque tenga dueño, no hay uso de los propietarios durante 10 años si reside en el territorio nacional, o 20 años si vive en el estrangero, se produce lo que legalmente se llama usucapión. Esta normativa legal puede variar según cada país.

Hablando a muy alto nivel, y recordando que seguimos en el terreno de una casa abandonada, al producirse el usucapión, la propiedad puede pasar a manos del estado, por lo tanto, sigue existiendo un dueño, aunque en este caso, entrar en este lugar ya no constituye delito de allanamiento de morada.

Esto no exime al explorador de la responsabilidad de entrar en un lugar de esta naturaleza y puede ser amonestado por las autoridades pertinentes.

Sitios abandonados

Bienes muebles y acceso a casas abandonadas

En cuanto a la forma de acceso a casas abandonadas, también hay que prestar atención a algunos aspectos relevantes.

Las puertas y ventanas, son elementos disuasorios, es decir, el hecho que una puerta esté abierta o cerrada no hace variar la responsabilidad legal que puede derivar de una exploración.

Sí que es relevante el hecho de romper algún elemento de la vivienda para acceder, o incluso se está en su interior, ya que los bienes muebles y su robo / destrucción pueden constituir delitos de índole civil.

Exploración urbana responsable

Siempre que no incurramos en un delito claro de allanamiento de morada por acceder a una vivienda con propietario que hace uso con cierta regularidad del inmueble, estamos ante un escenario de lo que podríamos denominar alégalos.

Esta alegalidad se mantiene siempre y cuando la vivienda haya perdido el usucapión y no se haga ningún daño al inmueble, ni para acceder a su interior, ni en los bienes mueble que contenga.

Y por favor, recuerda que la ambición de este post es meramente informativa, bajo ningún caso asesoramiento legal o incitación alguna a cometer ningún acto que pueda ser delictivo. Se responsable, el desconocimiento de la ley no nos exime de cumplirla.

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